ZDERO DEROGÓ LA LEY QUE COMPENSABA ECONÓMICAMENTE A SUPUESTAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL.
Se trata del Decreto 2663, firmado el pasado 2 de octubre. El nuevo Gobierno consideró que el "Programa de Reparación Económica" se regía bajo presunciones y que ponía en riesgo el patrimonio de todos los chaqueños.
El gobernador Leandro Zdero derogó el decreto de la gestión anterior que otorgaba una compensación económica a familiares de supuestas víctimas de violencia policial o seguridad, y señaló que su gestión no permitirá "que se avasalle la independencia de los poderes".
Se trata del Decreto 2.663, resuelto el pasado 2 de octubre. En el mismo se designaba la creación del "Programa de Reparación Económica a familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales cometidas bajo custodia de los miembros de las fuerzas policiales, de seguridad y/o pertenecientes de la Provincia del Chaco".
Diario Chaco accedió a la derogación donde se establece que uno de los ejes de gestión es "el orden", por lo que consideraron que este decreto "era inconsistente, ambiguo, violatorio del principio de juridicidad".
El decreto, firmado durante la gestión Capitanich, "habilitaba reparaciones de supuestos daños por simples presunciones, dejando a la discrecionalidad del órgano rector, poniendo el riesgo, además de los principios ya reseñados, el patrimonio de todos los chaqueños que debe administrar con prudencia y dentro de la ley, el Poder Ejecutivo".
En este sentido, la nueva administración consideró que el Programa distinguía entre el enfoque legal y probatorio en las ejecuciones extrajudiciales y las presuntas víctimas.
"Las ejecuciones extrajudiciales deberían requerir un debido proceso y pruebas de la materialidad. Las presuntas víctimas parecen ser indemnizadas bajo presunciones, lo cual podría considerarse contrario a las normas legales vigentes. En este sentido, resulta necesario proteger los derechos fundamentales de todos los ciudadanos", indican los considerandos de la derogación a la que accedió Diario Chaco y que fue refrendado por el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos.
QUÉ DECÍA LA LEY
El Estado provincial, a raíz de un programa creado por la Secretaría de Derechos Humanos, había ordenado pagar una suma mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil a hijos de quienes presuntamente -palabra utilizada en el decreto- hayan sido víctimas de violencia institucional, es decir de intervenciones arbitrarias e ilegítimas de miembros de fuerzas policiales.
Según señalaba el Decreto al que accedió Diario Chaco , la "reparación" económica era inembargable y retroactiva al momento de cometerse el delito, aunque el mismo se hubiera cometido con anterioridad a este nuevo instrumento.
Detalla también el Decreto que cuando los destinatarios de la prestación sean personas menores de 18 años o personas con discapacidad, esta debía ser percibida por la persona que se encuentre a su cuidado.
Insiste el documento en señalar que los destinatarios serán los hijos menores de 18 años e hijos con discapacidad, de cualquier edad, de "presuntas" víctimas de ejecuciones extrajudiciales cometidas por los miembros de la Policía de la Provincia del Chaco o del Servicio Penitenciario Provincial.
Esto ponía en evidencia que se podía acceder al monto mensual, independientemente el estado en que esté la denuncia que cualquier persona haya realizado contra algún miembro de las fuerzas mencionadas.
Fuente Diario Chaco.
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