RECETAS ELECTRÓNICAS: SERÁ OBLIGATORIO USARLAS PARA MEDICAMENTOS, ESTUDIOS Y PRÁCTICAS.
El Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la extensión obligatoria del uso de la receta electrónica para todas las indicaciones médicas en el país. A través de la Resolución 2214/2025, publicada en el Boletín Oficial, se establece que ya no sólo los medicamentos comunes, sino también las prescripciones de uso restringido, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos deberán emitirse digitalmente.
El Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la extensión obligatoria del uso de la receta electrónica para todas las indicaciones médicas en el país.
Esta medida completa la implementación de la Ley 27.553, que comenzó el 1 de enero de 2025 con la obligatoriedad de las recetas electrónicas para medicamentos y se orienta a consolidar un sistema sanitario más eficiente, interoperable y seguro. El objetivo, según la cartera sanitaria, es garantizar la trazabilidad, confidencialidad y accesibilidad de toda la información médica a nivel nacional.
CAMBIOS PRINCIPALES
Entre los principales cambios que introduce la normativa se destaca la incorporación de un sistema de identificación unívoca. A partir de ahora, el número de CUIL será el dato principal para identificar a los pacientes, y cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR) para evitar duplicaciones y permitir su rastreo dentro del Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS).
Asimismo, las recetas electrónicas deberán incluir información detallada del prescriptor y del paciente, así como una descripción precisa del medicamento: nombre genérico, forma farmacéutica, presentación y cantidad, pudiendo el profesional sugerir el nombre comercial de forma opcional. También se exigirá el diagnóstico, la fecha de emisión y la firma digital del profesional.
PLAZOS Y EXCEPCIONES
La resolución establece plazos escalonados para que prestadores y plataformas de salud se adapten a los nuevos requerimientos:
45 días para implementar la identificación unívoca de recetas,
90 días para la prescripción digital de medicamentos archivados,
120 días para medicamentos de prescripción restringida, como psicotrópicos y estupefacientes.
Estas prescripciones deberán digitalizarse con mecanismos específicos y ser resguardadas en plataformas digitales durante al menos tres años.
ZONAS CON BAJA CONECTIVIDAD
En áreas donde el acceso digital o la conectividad sean limitados, se permitirá seguir utilizando recetas en papel, manteniendo vigente esta alternativa hasta que puedan garantizarse condiciones óptimas para la digitalización total.
Desde el Ministerio de Salud destacaron que esta nueva etapa busca "consolidar un ecosistema digital integral", donde la receta electrónica funcione como puente entre médicos, pacientes y farmacias.
Fuente Diario Chaco.
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